El Gobierno reglamentó la reforma laboral y ya rige tras su publicación en el Boletín Oficial

06/03/2026 | Política

La normativa, formalizada mediante el Decreto 137/2026, introduce cambios en indemnizaciones, salarios, vacaciones y en el régimen sindical.

El Poder Ejecutivo oficializó la reglamentación de la denominada “ley de modernización laboral”, que fue publicada este viernes en el Boletín Oficial mediante el Decreto 137/2026 y comenzó a tener vigencia tras su aprobación en el Congreso de la Nación, según un informe al que accedió la Agencia Noticias Argentinas.

La iniciativa introduce modificaciones en el esquema de indemnizaciones, establece nuevas pautas vinculadas a salarios y vacaciones y contempla cambios en la organización y regulación de los sindicatos.

El decreto lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni y de la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello. En el texto oficial se indica: “En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional, promúlgase la Ley Nº 27.802 sancionada por el H. Congreso de la Nación en su sesión del día 27 de febrero de 2026″.

En el apartado de disposiciones generales, el Artículo 2 establece el alcance de la norma y aclara las actividades y trabajadores que quedan excluidos de su aplicación. Allí se detalla que la vigencia dependerá de que resulte compatible con la naturaleza de cada actividad y su régimen jurídico específico.

Entre las excepciones figuran los dependientes de la Administración Pública nacional, provincial, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipal, salvo inclusión expresa; el personal de casas particulares, con las salvedades previstas en su régimen específico; y los trabajadores agrarios, para quienes la norma podrá aplicarse de manera supletoria cuando corresponda.

También quedan excluidas las contrataciones de obra y servicios reguladas por el Código Civil y Comercial; los trabajadores independientes y sus colaboradores en los términos establecidos por la legislación vigente; los prestadores independientes de plataformas tecnológicas conforme su regulación específica; el personal embarcado bajo la Ley de Navegación Nº 20.094; y las personas privadas de libertad en contexto de encierro.

La promulgación de la ley fue formalizada en el marco de las facultades constitucionales y tras su sanción por el Congreso de la Nación Argentina, consolidando así su entrada en vigencia desde su publicación oficial.


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